viernes, 4 de noviembre de 2011

INDEMNIZACIÓN AÉREA


SE PERMITE PEDIR UNA INDEMNIZACIÓN SI TU VUELO HA SIDO CANCELADO Y NO HAS SIDO ATENDIDO POR LA EMPRESA QUE DA ESTE SERVICIO.
El 13/10/11 el Tribunal de Justicia de la UE aceptó las demandas hechas por los pasajeros del vuelo París-Vigo del 25 de septiembre de 2008.

Este vuelo estaba a cargo de la compañía francesa (Air France) que se vio obligada a volver al aeropuerto de Paris por culpa de un fallo técnico en el avión.

Ya en el aeropuerto, la compañía aérea los recolocó en otros vuelos que iban a Vigo a excepción de una familia que fue llevada a Oporto y tuvo que coger un taxi. La compañía aérea no asistió a los pasajeros afectados.
Los pasajeros pusieron una demanda a la compañía por daños morales. Este caso se llevó a cabo por el juzgado mercantil 1 de Pontevedra.
Este juzgado preguntó al Tribunal de Justicia Europeo, que si la legislación comunitaria permite a los pasajeros una indemnización por parte de la compañía por los daños morales que han sufrido los pasajeros.
El Tribunal Justicia señaló que el concepto de "compensación suplementaria" previsto en la normativa de la UE permite al juez nacional conceder una indemnización por el perjuicio moral derivado del incumplimiento del contrato de transporte aéreo".


Esto permite a los pasajeros que han visto como sus vuelos han sido cancelados pedir indemnizaciones a las agencias aéreas, por no haber sido atendidos por este tipo de servicio económico, final y colectivo.
La agencia aérea es un servicio, porque satisface una necesidad de la pirámide de Maslow, la autoestima, que es transportar personas a diferentes ciudades con un coste económico por los pasajeros, el llamado billete de avión. Es un servicio final ya que no se crea ni otro bien ni otro servicio. Es un servicio colectivo ya que no cubre las necesidades de una persona, si no cubre las necesidades de los que han hecho un gasto económico para ser llevados hasta la ciudad donde opera la compañía. Es escaso ya que no te lleva al lugar donde quieres ir, sino a unos determinados lugares, donde está habilitado un aeropuerto, que suelen estar en grandes y medianas ciudades.


Las agencias aéreas se sustentan sobre aviones, que fueron inventados en la Revolución Industrial. Son bienes, ya que satisfacen los deseos del ser humano. Son económicos ya que para conseguirlos se tienen que gastar una importante suma de dinero. Es un bien de consumo duradero, ya que no se tira al ser utilizado la primera vez. Es final porque no sirve para crear otros bienes (no cuentan los de mercancías que pueden llevar bienes intermedios para la creación de bienes finales). Es un bien colectivo ya que es utilizado por varios individuos.
En el caso de las agencias aéreas se pude utilizar una frontera de posibilidades de producción(FPP), pues solo consigue beneficios de dos actividades. Que se especialice en llevar pasajeros o en llevar mercancías.

Periódicos
La Vanguardia:
El Correo Gallego:
El País:

1 comentario:

kawtar dijo...

me parece muy bien que te devuelvan el dinero por perder tu vuelo ,siendo que no es culpa tuya sino de la empresa aérea.